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impuesto ley sobre los plásticos no reutilizables

Todo acerca de la nueva ley sobre los plásticos no reutilizables

Queremos hacer de nuestro planeta un lugar más limpio, razón por la cual se han venido implementando ciertas leyes que nos ayudan con el reciclado. Una de ellas es el impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables, tributo que entró en vigencia el 1 de enero de 2023 y que tiene como finalidad incentivar a las empresas a crear una economía circular.  A continuación, detallaremos los aspectos más importantes acerca de este nuevo impuesto. 

¿Qué dice el nuevo impuesto sobre los envases de plástico no reutilizables? 

En la nueva Ley Sobre Residuos y Suelos Contaminados para una economía circular (Ley 7/2022) se agrega un nuevo impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables, el cual es vigente a partir del 1 de enero de 2023, tal como se mencionó. La incorporación de este nuevo impuesto, en conjunto con el impuesto sobre depósito de residuos en vertederos, tienen como finalidad promover una economía circular. 

Se trata de un instrumento económico o medida fiscal usado para motivar a las empresas a disminuir la producción de desechos y reciclar residuos plásticos, lo cual contribuye con la circularidad de este material.  Además, se obtiene una mejor gestión con respecto a su uso, lo que resulta muy favorable para el medio ambiente

Así como lo indica la Agencia Tributaria, este impuesto especial es un tributo aplicable dentro del territorio español, que reincide únicamente en el uso de envases que, aun cuando contengan plástico, no se pueden reutilizar.

Entendiéndose como envase a todo artículo que tenga como función contener, resguardar, manipular, distribuir y exhibir mercancía. Mientras que los envases no reusables son aquellos que no están diseñados para ser comercializados o para ser ocupados y reusados con la misma finalidad para la que fueron creados. 

¿A quién va dirigido este impuesto sobre envases de plástico no reutilizables? 

Este impuesto va dirigido a la fabricación, importación, adquisición intracomunitaria y a la introducción irregular de contenedores de plástico no reusables tanto llenos como vacíos. Estos envases deben poseer ciertas características, tales como: 

  • Envases no reusables que contengan plástico.
  • Artículos de plástico semielaborados usados para la obtención de envases como las preformas o láminas de termoplástico. 
  • Productos hechos con plástico empleados para permitir el cierre, comercialización o presentación de envases no reusables. 

A este impuesto no se encuentran sujetos las pinturas, tintas, adhesivos o lacas que se emplean en la fabricación de productos que están destinados a manipular, proteger o contener bienes. De igual forma, se excluyen las pequeñas importaciones o adquisiciones intracomunitarias de envases en donde la cantidad de plástico no reciclado no supere los 5 kilogramos.   

También se encuentran eximidos los productos que se emplean para contener, proteger, manipular y presentar medicamentos, artículos sanitarios y alimentos usados con fines medicinales especiales. Asimismo, preparados para lactantes de uso hospitalario o residuos peligrosos de origen sanitario, al igual que los rollos de plástico para ensilados de uso ganadero o agrícola. 

¿Cómo se calcula el impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables?

Se calcula dependiendo de la cantidad de plástico no reciclado contenido en los productos, siendo el tipo impositivo de 0.45 euros por cada kilogramo. La base imponible se constituye únicamente por la cantidad de plástico no reusable contenida en esos productos y debe ser certificada por las entidades acreditadas para emitir la certificación al amparo de la norma UNE-EN 15343:2008. 

¿Cómo gestionar este impuesto?

Hace poco se publicó la Orden HFP/1314/2022 en la que se aprueban y se recopilan modelos para la presentación de autoliquidaciones del impuesto sobre envases no reutilizables. Todos los fabricantes y adquirientes que deban pagar este tributo tienen que presentar el modelo 592 de autoliquidación e incluir el importe de la deuda resultante. 

Esto se debe hacer dentro de los primeros 20 días posteriores a la finalización del periodo de liquidación que coincidirá con el trimestre natural. Además, tendrán que inscribirse en el registro territorial del impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables y anexar los siguientes documentos: 

  1. Descripción e identificación de la empresa en la que los fabricantes llevan a cabo su actividad.
  2. Identificación de la inscripción del impuesto sobre actividades económicas que le corresponde. 
  3. Documento que acredite la representación, cuando el obligado utilice un representante. 

Los fabricantes contribuyentes de este impuesto se encuentran en la obligación de llevar la contabilidad de los productos a los que se le aplica este tributo, siguiendo el formato que recoge el anexo V de dicha orden.  De igual forma, los adquirientes intracomunitarios que se encuentren en la obligación de inscribirse en el registro territorial, tienen que poseer un registro de existencias, siguiendo el formato del anexo V. 

En GB Inyectados estamos comprometidos con la naturaleza, por eso no solo trabajamos con materiales vírgenes, también fabricamos productos con materiales reciclados para contribuir con la mejora del medio ambiente. Todo esto siguiendo los parámetros de calidad, diseño y sostenibilidad. 

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